El Procurador General de la Nación, Esteban Righi, dictaminó que las llamadas leyes de Punto Final y Obediencia Debida «son incompatibles con la Constitución Nacional. El Congreso Nacional no tenía competencia para dictar las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, porque para entonces estaban vigentes, en el derecho internacional, normas de jerarquía superior que vedaban al Congreso la posibilidad de dictar este tipo de leyes en las que cesa la persecución penal por violaciones a los Derechos Humanos «.
Cabe recordar que estas leyes, sancionadas a fines de la década de 1980, favorecieron a los militares acusados de violación de los Derechos Humanos durante la dictadura de 1976 a 1983. La primera de ellas fijó la extinción de acciones penales contra militares y civiles y la otra eximió de culpa a oficiales de menor rango dentro del escalafón militar.
Según cifras oficiales, 9.000 personas integran las listas de desaparecidos durante la dictadura. Organismos defensores de derechos humanos sostienen que fueron 30.000.
La resolución tomada por Righi se produjo un día después de que el Presidente Néstor Kirchner le reclamara a la Corte Suprema que se expida sobre la inconstitucionalidad sobre estas injustas leyes de perdón.
El procurador es también el fiscal ante la Corte Suprema y se desenvuelve como tal en los asuntos judiciales en los que tiene intervención ese cuerpo, dictaminando en las causas judiciales que le son remitidas.
Ambas normas fueron derogadas por el Congreso en 2003, pero legalmente siguen vigentes.
En caso de que la Corte se pronuncie en ese sentido, las causas en contra de los represores, hoy demoradas, avanzarían y permitiría que fueran sometidos a juicio.
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